
El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicaba ayer el Decreto del 12 deenero de la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias mediante elque se aprueban definitivamente los Estatutos reguladores de los órganos degestión y participación del Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa. De esta forma, y desde hoy mismo, el Principado delega sus funciones a dicho Consorcio, que deberá reunirse próximamente para ser legalmente constituido una vez que las tres comunidades autónomas que lo conforman, Asturias, Cantabria y Castilla y León,han aprobado sus respectivos decretos al respecto. En el mismo decreto se detalla la naturaleza jurídica y funcionamiento no sólo del propio Consorcio, sino también de los órganos de gestión y participación que, a partir de ahora, regirán el funcionamiento del Parque Nacional.
El Consorcio
Dicho Consorcio tiene por objeto articular la cooperación técnica, administrativa y económica entre las tres Comunidades Autónomas, a fin de ejercer de forma conjunta y coordinada las actuaciones comunes en materia de patrimonio natural,montes, conservación, uso público, investigación, educación ambiental ycualquiera que le permita garantizar la unidad medioambiental del Parque Nacional de los Picos de Europa. Se regirá por los estatutos publicados ayer en el BOPA, queda constituido por tiempo indefinido y, aunque tiene una subsede encada una de las tres comunidades, el domicilio legal del mismo queda establecido en Oviedo. Será la figura jurídica que dé legalidad al parque. Estoes, será el Consorcio, y no cada comunidad, el que tenga capacidad paraadquirir, enajenar, poseer, permutar, gravar, hipotecar, conceder subvenciones, interponer recursos... Bajo dirección de la Comisión de Gestión, lo componenlas tres Administraciones consorciadas, y deberá coordinarse con el resto de administraciones implicadas en la gestión del Parque Nacional. A partir de ahora, el personal dependiente de cada Administración regional pasa a depender del Consorcio, y se establece en los Estatutos que ejercerán sus funciones enel ámbito del Parque Nacional, con independencia de su Administración deorigen. Todos los bienes y derechos que hasta ahora tenían las regiones pasan aformar parte del Patrimonio del Consorcio, y se financiará a cargo de lasaportaciones que cada Administración regional reciba por parte del Estado conmotivo del traspaso de competencias. También se especifica que la separación dealguno de los miembros del consorcio supondría la disolución automática del mismo, aunque se advierte que no podrá abandonarse por parte de ninguna de las tres administraciones consorciadas antes de cuatro años.
Órganosde Gestión
Losórganos de gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa son tres: la Comisión de Gestión, el Comité Técnico y el director conservador, junto a loscodirectores. La Comisión estará formada por dos representantes de laConsejería de Medio Ambiente u homóloga de cada una de las comunidadesautónomas, así como un representante de la Administración central y unrepresentante conjunto de los Ayuntamientos, que será designado por losAyuntamientos de la Comunidad que presida ese año la Comisión de Gestión. La primera convocatoria será en Cantabria -por orden alfabético-, y en el momentoque se reúnan los miembros quedará formalmente constituida. Allí se sorteará aquién corresponde la primera presidencia. Este órgano se encarga de supervisar y tutelar la dirección, administración y conservación del parque, así comoejercer el Gobierno del Consorcio.
El Comité Técnico estará formado por el director conservador, los codirectores yun técnico designado por cada una de las comunidades. Tomará las decisiones porunanimidad, aunque si ésta no se produce se acatará la mayoría. Eso sí, si esadecisión afecta sólo al territorio de una de las comunidades que integran el parque, deberá contar con el voto favorable del codirector designado por dicha comunidad. Aplicando las directrices de la Comisión de Gestión, el comitétécnico se encargará de preparar los temas que se traten en la Comisión deGestión, elaborar la relación de puestos de trabajo, la selección de personal,elaborar el Presupuesto anual...
Eldirector conservador y los co-directores ejercerán de forma colegiada la dirección del Parque Nacional. Cada Comunidad Autónoma nombrará un co-directorque tendrá la responsabilidad de administrar y ejecutar las actividades propiasde su cargo en su respectiva comunidad autónoma. De forma rotatoria y conperiodicidad anual, uno de ellos ejercerá las funciones de director-conservadora efectos representativos y será director del Consorcio. Además, coincidirá quelos turnos de director conservador coincidirán con la presidencia de la misma comunidaden la Comisión de Gestión. Al igual que en el Comité Técnico, las decisiones setomarán por unanimidad, y de nuevo el co-director de cada una de las regionestendrá derecho a veto. El director conservador velará por el cumplimiento delos objetivos de declaración del Parque Nacional y de realizar todas aquella sacciones que permitan al Parque Nacional superar las evaluaciones periódicasque fijen organismos nacionales o internacionales para el mantenimiento de sucategoría. Dirigirá al personal del Consorcio y le representará ante entidades públicas y privadas. En definitiva, velará por la gestión medioambiental del territorio protegido con la ayuda de los codirectores.
Órgano de Participación
Ademásde los órganos de gestión, al igual que en la etapa anterior, habrá un órgano mucho más amplio y participativo, en el que estarán pendientes todos aquellosagentes que tengan algún interés en el Parque Nacional. Se trata del Patronato.Será el encargado de informar sobre el Plan Rector de Uso y Gestión, de aprobarla memoria anual de actividades y resultados, de tratar el tema de lasampliaciones o de las actuaciones y obras que se puedan realizar en el ParqueNacional y que no estén incluidas en los planes e inversiones del Consorcio.
Conformarán el patronato unas 40 personas: el presidente (el mismo que el de la Comisón de Gestión),siete representantes de la Administración General del Estado, entre ellos unrepresentante del Parques Nacionales, uno de la Secretaría de Estado de Turismo, otro del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, uno delSeprona y otro de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. También habrádos representantes de cada una de las tres comunidades autónomas y otro más dela Diputación de León. Asimismo, cada uno de los Ayuntamientos con territorioen el Parque Nacional aportará un miembro más al patronato. Habrá unrepresentante por cada una de las universidades públicas de las trescomunidades; uno más por región de asociaciones conservacionistas; otro más porregión de asociaciones agrarias; y otro por comunidad que representará a lospropietarios de terrenos ubicados en el interior del Parque Nacional. Estarán presentes además un representante de la Federación Española de Montañismo, otrode la de Espeleología y un último representante de los trabajadores del Parque.También estarán presentes los tres codirectores, incluído el director-conservador y un secretario designado por la Comisión de Gestión, que no tendrá voto.
Fuente: El comercio digital

